Seis elementos principales de la Reforma Política Electoral
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- PRIMERO. Permite establecer Gobiernos de Coalición,
figura que alienta la corresponsabilidad entre los poderes Legislativo y
Ejecutivo. La fuerza política triunfante en las elecciones
presidenciales y otras fuerzas políticas podrán impulsar un programa de
gobierno conjunto, que será respaldado por una mayoría legislativa
estable.
- SEGUNDO. La Reforma da un paso fundamental hacia la equidad de género,
al reconocer el papel central que deben tener las mujeres, en la toma
de decisiones de nuestro país. Los partidos políticos tendrán que
garantizar que las mujeres ocupen el 50% de las candidaturas a legisladores federales y locales.
- TERCERO. Se aprobó, también, la reelección legislativa consecutiva,
hasta por 12 años. Por su parte, los congresos locales estarán
facultados para establecer la reelección consecutiva para los cargos de
presidente municipal, regidor o síndico, por un periodo adicional.
- CUARTO. Se logra la autonomía de dos importantes instituciones. La Procuraduría se convierte en la Fiscalía General de la República
con autonomía para desplegar una política de procuración de justicia
más eficaz y de largo plazo, así como profundizar en su
profesionalización. A su vez, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el CONEVAL, también será autónomo, garantizando la imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones.
- QUINTO. La Reforma también fomenta una relación más equilibrada entre Poderes.
Por ejemplo, aún en el caso de que no se opte por un Gobierno de
Coalición, el Secretario de Relaciones Exteriores deberá ser ratificado
por el Senado, mientras que el Secretario de Hacienda y Crédito Público
lo deberá ser por la Cámara de Diputados.
- SEXTO. Nuevas reglas electorales, más justas, eficientes y
transparentes, en beneficio de nuestra democracia y los ciudadanos.
Se crea el Instituto Nacional Electoral, el cual
ejercerá las facultades del actual Instituto Federal Electoral y,
además, realizará otras que fortalecen su participación en la
organización de elecciones locales y su relación con los organismos
electorales estatales.
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