miércoles, 15 de mayo de 2013

Dip.Federal Rocío Abreu Artiñano.Resultados legislativos segundo período ordinario.


Como integrante de la Comisión Ordinaria de Puntos Constitucionales, en materia de seguridad, justicia y paz, la Diputada Federal por Campeche Rocío Abreu Artiñano, atendió la modificación al artículo 16 de nuestra Constitución, y el artículo 11 transitorio del decreto de reforma constitucional del 18 de junio de 2008, para acotar la figura conocida como “arraigo”.
Una de las llamadas medidas cautelares, fue parte del trabajo legislativo, establecida en la Constitución, que limitan la libertad de una persona en proceso de investigación judicial por la comisión de un delito grave, a fin de evitar que ésta se escape a la acción de la justicia, y que se atendió de manera puntual.
Esta reforma constitucional, que en primera instancia pasó por la Comisión de Puntos Constitucionales de acuerdo con información de la diputada Abreu Artiñano, y de la cual es integrante, señala que el arraigo solo podrá decretarse en casos de delincuencia organizada y delitos graves establecidos en el artículo 19 constitucional y cuando la decisión del juez esté fundada en indicios suficientes que vinculen a los inculpados con delitos de la delincuencia organizada. Reduce en más del 50% el periodo de arraigo, pasando de 40 días a 20 días prorrogables hasta por 15 días más.
Esta aprobación se dio el 30 de abril de 2013, nos comenta la legisladora Rocío Abreu, último día de los trabajos legislativos del segundo periodo ordinario del primer año de la LXII legislatura, y beneficia a los mexicanos porque se establecen requisitos puntuales que obligan a la autoridad a mejorar el estándar probatorio para aplicar el arraigo; se fortalece la protección de los Derechos Humanos y se orienta hacia la prevención de delitos graves.

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